Si te desplazas a la oficina en vehículo particular este post te resultará muy útil. ¿Qué son las ZBE y cómo afectan a Madrid?
Las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) son áreas urbanas en las que se establecen restricciones de acceso a determinados vehículos conforme a su clasificación según el Reglamento General de Vehículos vigente.
- Etiqueta «0 emisiones», Azul– Identifica a los vehículos más eficientes. Tendrán derecho a esta etiqueta eléctricos de batería (BEV) , eléctricos de autonomía extendida (REEV), eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía de 40 km o vehículos de pila de combustible.
- Etiqueta “ECO” -Los siguientes en el escalón de eficiencia, se trata en su mayoría de vehículos híbridos, gas o ambos. Tendrán derecho a esta etiqueta eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 km, híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural comprimido (GNC), gas natural licuado (GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). Deben cumplir los criterios de la etiqueta C.
- Etiqueta “C», Verde – Vehículos de combustión interna que cumplen con las últimas emisiones EURO. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de 2015.| Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014.
- Etiqueta “B», Amarilla– Vehículos de combustión interna que si bien no cumplen con las últimas especificaciones de las emisiones EURO, sí que lo hacen con anteriores. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde el 1 de enero de 2001 y diésel a partir de 2006.| Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2006.
Las ZBE son una de las medidas más eficaces para asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las Directivas sobre la calidad del aire ambiente y son importantes para impulsar un cambio en el modelo de movilidad. Su implantación permitirá alcanzar, entre otros, los siguientes objetivos:
• Mejorar la calidad del aire y la salud de la ciudadanía, al reducirse las emisiones de contaminantes atmosféricos, principalmente óxidos de nitrógeno, así como el ruido generado por los vehículos.
• Contribuir a la mitigación del cambio climático, al disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero.
• Reducir el consumo de combustibles fósiles, al impulsar la electrificación de los modos de transporte.
• Mejorar la calidad de vida urbana, al promover una movilidad más sostenible y aumentar el número de vías peatonales y zonas verdes.
Según su persistencia en el tiempo, las ZBE pueden ser de carácter temporal, cuando se activan los episodios de contaminación, o permanente.
En términos generales, “‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)”, consiste en la ordenación de tráfico, que se establece de manera permanente en el ámbito geográfico definido por todas las vías públicas del municipio de Madrid, por la que se prohíbe el acceso y la circulación de todos los vehículos que figuran con clasificación ambiental A en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico. La regulación de ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ se encuentra recogida en el artículo 21, la disposición transitoria primera y el anexo II de la citada Ordenanza de Movilidad Sostenible. La ZBE de Madrid puede identificarse con los siguientes distintivos:
En este enlace podrás visualizar un mapa (geoportal) con las Zona de Bajas Emisiones de Madrid aplicable a partir del 1 de enero de 2023 y comprobar si tu lugar de trabajo está localizado en una zona con restricciones de acceso.
Entre las medidas más reseñables de la ZBE de Madrid de nueva aplicación desde el 1 de enero de 2023 destaca que los turismos A (vehículos sin distinción medioambiental) no empadronados en Madrid tendrán restringida la circulación en la M-30 desde el 1 de enero de 2023. Se trata de los de gasolina matriculados antes del 2000 y los de diésel anteriores a 2006.
Por tanto, los transportes que no estén domiciliados en la capital, en el Registro de Vehículos y en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento, no podrán utilizar esta vía para circular por Madrid o atravesarla. Esta medida supone el segundo paso de una escalada progresiva en la limitación de estos vehículos, los más contaminantes.
En enero de 2024 ningún coche A de fuera de Madrid podrá circular por todo el término municipal. Y un año después, ya en 2025, pasará a afectar a la propia población madrileña. También en esa fecha, la norma se extenderá a todos los vehículos sin etiqueta medioambiental que no sean turismos (camiones, furgonetas, ciclomotores y motocicletas), que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tendrán ninguna restricción en este sentido.
Finalmente, los vehículos con la etiqueta B (turismos y furgonetas de gasolina matriculados entre el año 2000 y el 2005 y los de diésel entre el 2006 y el 2013) sí podrán acceder a la Zona de Bajas Emisiones durante todo el año 2023 y no hasta el 31 de diciembre de 2022, como estaba previsto inicialmente.
También es importante que conozcas que, si tu lugar de trabajo se encuentra en el entorno de la Plaza Elíptica, entre los distritos de Carabanchel y Usera, estás en una zona que presenta los peores datos de contaminación de todo Madrid, por lo que tendrás restricciones más severas.
El incumplimiento de estas medidas supone una multa de hasta 200€.
Se recomienda, por tanto, chequear las zonas de acceso disponibles para cada tipo de vehículo y buscar rutas alternativas para acceder a tu lugar de trabajo.